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miércoles, 23 de diciembre de 2015

LA LXI LEGISLATURA VELARÁ Y CUMPLIRÁ CON EL PRINCIPIO DEL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ, GARANTIZANDO DE MANERA PLENA SUS DERECHOS

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LA LXI LEGISLATURA VELARÁ Y CUMPLIRÁ CON EL PRINCIPIO DEL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ, GARANTIZANDO DE MANERA PLENA SUS DERECHOS

•   El pleno de la LXI Legislatura aprobó por unanimidad reformar el artículo 12 en su párrafo cuarto de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, con la finalidad de establecer que en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos.

SAN LUIS POTOSÍ, MÉXICO. MIÉRCOLES 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015 ● El pleno de la LXI Legislatura aprobó por unanimidad reformar el artículo 12 en su párrafo cuarto de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, con la finalidad de establecer que en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos.

En el dictamen aprobado se señala que este principio deberá guiar el diseño, seguimiento, ejecución, y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.

Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar y exigir el cumplimiento de estos derechos y principios.

Las autoridades proveerán lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos, y otorgarán facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.

En el dictamen aprobado se señala que el objetivo de esta reforma es homologar la Constitución local con la Constitución Federal, específicamente para introducir el derecho humano consistente en el “interés superior de las niñas y los niños en el marco jurídico”, con la finalidad de coadyuvar y obligar a que los ordenamientos, y aún más las políticas públicas, reconozcan de manera integral y plena los derechos de las niñas y los niños en el Estado.

Con ello “no sólo se garantiza la protección de un sector vulnerable de la sociedad potosina sino que se contribuye al cumplimiento de las obligaciones contraídas por México a nivel internacional”.

En principio, debe decirse que en los últimos años, se han llevado a cabo dos reformas constitucionales de gran calado. La primera, en materia de derechos humanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011, la cual entró en vigor al día siguiente de su publicación, y con la que se dio un cambio radical en el tradicional paradigma en la tutela de los derechos inherentes a la persona, situando a México a la par de los países que enfocan su atención y esfuerzos en la protección y defensa de los derechos humanos, a través de “mecanismos de vanguardia”.

La segunda, publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha 12 de octubre de 2011, el complemento a la reforma constitucional en materia de derechos humanos: los derechos de los niños y las niñas, vislumbrándose bajo el nuevo marco constitucional; esto es, deben interpretarse de conformidad con la Constitución y los tratados internacionales de la materia, favoreciendo a sus destinatarios en todo momento en la protección más amplia.

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